El fallo fue dictado en una única audiencia por el Tribunal en lo Criminal Nº 1 contra un hombre cuyas iniciales de identificación son G.H.CH., por resultar ser autor penalmente responsable del delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y la convivencia”. La acusación fiscal indica que los hechos ocurrieron durante 2012 y 2013, en fechas sin precisar, en horas de la noche, en una casa ubicada en el barrio Alto Comedero de San Salvador de Jujuy, donde residía la víctima junto a su madre y el inculpado, quien es su hermano.
Los abusos eran cometidos en una habitación en la que dormían la madre junto a la niña y el acusado en un colchón al pide la otra cama cuando la mujer dormía, y el hombre estaba en estado de ebriedad, de acuerdo al expediente judicial. Durante el debate se ventiló que esos hechos ocurrieron en más de una oportunidad, cuando la menor víctima tenía diez años y hasta que cumpliera doce años de edad.
El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el acusado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el fiscal y el abogado defensor del enjuiciado.
El Tribunal, integrado por el juez Luciano Yapura – presidente de trámite- y las juezas Felicia Barrios y Alejandra Tolaba, resolvió además la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual. Asimismo, se prohibió a G.H.CH. tener contacto alguno con la victima ya sea personalmente o por cualquier medio de comunicación; y se le ordenó que se someta a tratamiento psicológico a los fines de superar sus adicciones.
En el juicio intervinieron en representación del Ministerio Público de la Acusación, Marcelo Cuellar, mientras que Juan Cabezas Hametti, ejerció la defensa técnica del imputado.



