El Ministerio de Salud de la Nación actualizó las normas administrativas y técnicas que regulan el Sistema Nacional de Sangre y, luego de 10 años, la medida busca modernizar todo el proceso de donación y transfusión de sangre y el funcionamiento de los servicios de hemoterapia, inmunohematología y terapia celular del país para garantizar mayor seguridad tanto a los pacientes como a los donantes voluntarios.
Así se indicó en un informe de la cartera sanitaria al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas y que indicó que, en primer lugar, la medida reemplaza el modelo de donación de reposición, vinculada a un paciente específico, por un modelo de donación 100% voluntaria y habitual. En este sentido, se prohíbe explícitamente condicionar la atención médica o las cirugías a la presentación de donantes por parte del paciente o sus familiares. Las donaciones destinadas a un paciente específico, solo se permitirán cuando exista una justificación terapéutica.
De esta manera, se deja de trasladar la responsabilidad de conseguir sangre a los pacientes y familiares y se garantiza mayor seguridad transfusional, dado que el donante voluntario y habitual presenta menor prevalencia de infecciones transmisibles.
Por otro lado, se actualizan los criterios de selección de donantes, eliminando restricciones obsoletas y discriminatorias y el nuevo marco normativo elimina la exclusión de grupos poblacionales enteros considerados de riesgo y propone evaluar solo las conductas del donante (como prácticas sexuales específicas o uso de drogas) y la evidencia científica, mientras que también se elimina el ayuno previo y se recomienda beber al menos 500 ml de agua o bebidas con sales media hora antes de la extracción.
Gracias a los avances en las pruebas de tamizaje, se actualizan los tiempos de espera para donar según factores de riesgo. Se difiere la donación por 6 meses para quienes hayan tenido una nueva pareja sexual o más de una pareja sexual en los últimos 3 meses y hayan tenido relaciones sexuales anales, hayan utilizado estrategias orales de profilaxis de preexposisión o postexposición, se haya realizado tatuajes, piercings o procedimientos estéticos invasivos o hayan permanecido en instituciones penales por más de 72 horas.



